Mediante la Resolución Nro. NAC-DGERCGC24-00000035 se reformó la Resolución Nro. NAC-DGERCGC18- 00000233, que regula el plazo para la transmisión de comprobantes de venta electrónicos y también se amplía temporalmente el porcentaje de emisión de comprobantes de venta en modalidad física.
Durante la emergencia del sector eléctrico nacional, los contribuyentes podrán emitir comprobantes en modalidad preimpresa hasta el 5% del total de comprobantes emitidos en el ejercicio fiscal anual anterior.
Las retenciones y notas de crédito deberán seguir emitiéndose de manera electrónica, no entran en la modalidad preimpresa del 1% o ahora el 5% por la emergencia energética. (Consulta no vinculante).
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