Resolución NAC-DGERCGC24-00000022

Las sanciones por no entrega de comprobantes de venta incluyen a:

  1. Entregar comprobantes físicos cuya autorización se encuentre caducada a la fecha de emisión.
  2. Entregar comprobantes electrónicos sin que el sujeto pasivo esté autorizado para su emisión.
  3. Entregar comprobantes cuya autorización pertenezca a otro contribuyente.
  4. Entregar comprobantes no autorizados.

Para el establecimiento de las cuantías de sanciones pecuniarias (multas), se observará la siguiente estratificación por cada acción u omisión que constituya infracción:

Características del contribuyente

Cuantía de sanciones pecuniarias expresadas en Remuneraciones Básicas Unificadas del trabajador en general (RBU)

No entregar comprobantes de venta

No transmitir a la Administración Tributaria comprobantes de venta electrónicos

Gran contribuyente y grandes patrimonios

20 RBU

30 RBU

Contribuyente especial (No considerados como grandes contribuyentes o grandes patrimonios)

10 RBU

15 RBU

Sociedades diferentes a sin fines de lucro, sucesiones indivisas y personas naturales, obligadas a llevar contabilidad (no considerados como grandes contribuyentes o grandes patrimonios ni contribuyentes especiales)

7 RBU

10 RBU

Sociedades sin fines de lucro

4 RBU

5 RBU

Sucesiones indivisas y personas naturales, no obligadas a llevar contabilidad (no considerados como grandes contribuyentes o grandes patrimonios ni contribuyentes especiales)

4 RBU

5 RBU

Contribuyentes considerados como negocios populares dentro del Régimen RIMPE

1 RBU

1 RBU

Contribuyentes no inscritos en el RUC

1 RBU

1 RBU

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